declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano OTTO DE JESÚS RAMOS ESPARRAGOZA, en su condición de víctima, como presunto propietario y como parte solicitante de la entrega del Vehículo in commento, asistido por el ciudadano abogado ALEJANDRO HERNANDEZ DAVALILLO, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en virtud de la Audiencia fijada para su realización en fecha 03 de Agosto de 2006; y, en consecuencia, decreta la NULIDAD ABSOLUTA de la decisión impugnada y de todas las actuaciones subsiguientes, excepto el presente fallo, realizadas en virtud de la Audiencia para Entrega de Objetos, fijada para su celebración en fecha 03 de agosto de 2006, a tenor de lo previsto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal; retrotrayendo la causa, como efecto inmediato de tal nulidad, a la fijación de una nueva Audiencia para Entrega de .....