DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO conforme a lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil Vigente y en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos ciudadanos: YOHAN MANUEL GARCIA JIMENEZ e YANNACELIZ CRISTINA LEON JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.418.052, y V-18.811.523, respectivamente, de este domicilio, por ante la Prefectura del Municipio Jiménez del Estado Lara en fecha cinco (05) de Febrero de 2019, según Acta N°29. Expídase copia certificada de la presente Sentencia, para que sea agregada al Libro respectivo, conforme a lo contemplado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense los correspondientes oficios. Publíquese y Regístrese. Dada, firmada, Sellada y refrendada en la sal.....