Primero: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante ciudadana ISAURA MATILDE GARCIA MENDOZA, contra la decisión dictada 15 de mayo de 2018, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declarara con lugar la cuestión previa contenida en el artículo 346.10º del Código Adjetivo, en el juicio de nulidad de asamblea que interpusiera en contra de CARLOS ROBERTO DONOSO RIQUELME, ambos identificados, la cual queda CONFIRMADA en todas y cada una de sus partes.