Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Décimo Tercero de Municipio
Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana
de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y
por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, formulada
por los ciudadanos GINA YAMAREIZ GONZALEZ ARRAEZ y JOSE GREGORIO
GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-
10.002.055 y V- 10.377.948, respectivamente, debidamente asistidos por la profesional del
derecho MARIA FERNANDA INNECCO DURAN, abogada en ejercicio e inscrita en el
Inpreabogado bajo el Nº 180.371. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo
matrimonial por ambos contraído en fecha 20 de marzo de 1996, por ante Primera Autoridad
Civil de la Parroquia Macarao del Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de
Acta de Matrimonio Nº 19, asentada en el libro de matrimonios correspondie.....