se ordena hacerlo comparecer por la fuerza pública, por lo que a tal efecto se libra orden de búsqueda, localización, y traslado inmediato a la sede de este Despacho, mediante oficio dirigido a la División Nacional de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, con el objeto que una vez realizada la ubicación y aprehensión del ciudadano ALVARO LUIS JARAMILLO PEREZ, titular de la Cédula de identidad Nº V-17.795.829; sea trasladado de inmediato a este Despacho Judicial, con el objeto de fijar fecha cierta para la realización de la Audiencia a que se contrae el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión expresa en el articulo 64 la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.