Por todos los razonamientos antes expuestos; este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el Abogado JOSE RAFAEL SALAZAR NAVAS, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 123.286, actuando como apoderado de la ciudadana JOSEFA ALVAREZ, cedula de identidad N° V-4.624.963. SEGUNDO: Se Confirma el oficio recurrido. TERCERO: No hay condenatoria en costas.