Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Inhibición planteada por estar hecha en forma y fundada en derecho; y por vía de consecuencia se aparta al Dr. MAURO JOSÉ GUERRA, en su carácter de Juez del Juzgado Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de seguir conociendo de la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos JOSÉ LUIS NAVARRO SANZ y MARÍA ELISA GÓMEZ PAZ.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada. Remítase el expediente al juzgado de origen.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los diez (10) días del mes de noviembre del dos mil diez (2010). AÑOS: 200° de la Independencia y 151° de la Fed.....