PRIMERO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el Sociedad Mercantil CORPORACIÓN AVR, C.A., representada por la ciudadana MERCEDES ADRIANA PEREZ CAMACHO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-7.145.575, actuando en su carácter de Administradora, contra medida cautelar dictada de fecha 05 de febrero de 2020, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD, fuera incoado por los ciudadanos FEDERICO GUILLERMO LOYNAZ LARA y MARÍA AUXILIADORA GARCÍA JIMENEZ, en contra de los ciudadanos HUGO DAVILA LOPEZ y MARÍA SILVIA LARA DE DAVILA, el cual se lleva a cabo en el expediente signado con el Nº AP11-V-FALLAS-2020-000047, de la nomenclatura del mencionado Juzgado Cuarto de Primera Instancia.
SEGUNDO: se SUSPENDE la Medida Cautelar Innominada dictada por este Tribunal en .....