En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoó la ciudadana BARK ELHAGE SANA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.833.111, y de este domicilio; contra la empresa FARMACIA ENERGIA Y VIDA DE VENEZUELA, C.A.