Razón por la cual, esta Juzgadora considera que lo procedente y ajustado a derecho es decretar el sobreseimiento de la causa. Así se decide.
3.- Por las razones anteriormente expuestas éste Juzgado de Control Nº 5 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta el Sobreseimiento de la causa de conformidad con lo dispuesto en el articulo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos 1) JUAN CARLOS AMARO APOSTOL N ° V-25.400.470, nacido en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, el 02.01-1991, de 18 años de edad, Venezolano, Soltero, de Ocupación caletero, hijo de Juan Agustín Amaro y Blanca Carolina Apóstol, residenciado en el Km. 5 vía Pavia, Barrio la Esperanza, frente al Hotel Arambal; 2) YOENDRI ANTONIO BECCEIRA, titular de la cedula 17.835.749, nacido en Maracaibo Estado Zulia el 16-04-1983, de 26 años de edad, de ocupación comerciante, hijo de Golfan Antonio Becerra y Elida Tibisay Gutiérrez, res.....