En tal sentido, de conformidad con el artículo 27 de la Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, la respectiva consignación debe realizarse por ante la Oficina destinada para tal fin, en este caso, la Oficina de Control de Consignaciones Arrendaticias Inmobiliarias ubicada en el piso tres (03) del Centro Los Cortijos. En consecuencia, el Tribunal Administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, niega su admisión por improcedente. Así se decide.