CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogado ELY DAYANA MENDOZA MOGOLLON, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en contra del auto de fecha 21 de noviembre de 2006, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, todo en el juicio seguido por los ciudadanos FELIX OSCAR ARIAS, JOSE URBANEJA RODRIGUEZ y SILVINO JULIAN RIVAS MONTES, contra las empresas HIDROLOGICA DE LA REGION CAPITAL "HIDROCAPITAL", C.A. y TRASLADO DE VALORES Y VIGILANCIA, TRASVALVI, C.A. SEGUNDO: Se ordena al Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, notifique al Procurador General de la República, en virtud de la admisión de la tercería del INSTITUTO NACIONAL DE OBRAS SANITARIAS (INOS), de conformidad con lo previsto en el artículo 94 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. TERCERO: Se revoca el auto recurrido.