En tal sentido, de la revisión de su contenido se constata que la misma cumple con las formalidades establecidas en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Las Trabajadoras y Los Trabajadores, en concordancia con lo pautado en los artículos 10 y 11 del Reglamento, y que no se vulneran derechos irrenunciables de las partes, ni normas de orden público, en consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA la transacción celebrada, dándole los efectos de la cosa juzgada, asimismo transcurridos cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha, sin que esta decisión haya sido objeto de recurso alguno, se procederá a ordenar el cierre informático y el archivo del expediente.
La Juez
El Secretario
Abg. Evely Farias Paz
Abg. Oscar Castillo