´En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Vigésimo Segundo (22º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentado en el artículo 185 del Código Civil con los términos señalados en la Sentencia Nº 693 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo, presentada por la ciudadana ILIANA DEL VALLE ROJAS CAMACHO venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.753.495, contra el ciudadano LUIS EDGARDO RUBIO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.589.916.
SEGUNDO: En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los cónyuges, en fecha 02 de septiembre del año 2016, por ante el Registro Civil de la Parroquia La Candelaria del Municipi.....