PRIMERO: INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano SALVATORE ILARDO VOLO ya identificado, contra la decisión de fecha 28 de Noviembre de 2007, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento siguen los ciudadanos ANA LUISA FAORO MORES de AZARA, ANGELINA FAORO MORES, VILMA FAORO MORES y MYRTA JOSEFINA FAORO MORES en contra del referido ciudadano.-
SEGUNDO: Ante la naturaleza de lo decidido se exime de costas a la parte accionante.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias de este Tribunal.