Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con lugar la defensa de Cosa Juzgada opuesta por la parte demandada en relación al Ciudadano CARACCIOLO FARIAS.
SEGUNDO: Con Lugar la defensa de Prescripción de la Acción opuesta por la parte demandada en relación a los Ciudadanos CHEIN DE JESUS BOYER, CARACCIOLO FARIAS, CARMEN CEBALLOS DE RAMIREZ, GLADYS DÍAZ DE MORA y GERMAN DUGARTE PLAZA.
TERCERO: Sin lugar la acción incoada por los ciudadanos CHEIN DE JESUS BOYER, CARACCIOLO FARIAS, CARMEN CEBALLOS DE RAMIREZ, GLADYS DÍAZ DE MORA y GERMAN DUGARTE PLAZA contra la empresa COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL DE TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV).
TERCERO: No hay especial condenatoria en costa en aplicación a la Sentencia N° 172 de la Sala Constitucional del Tribunal Supr.....