PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana LUCÍA D¿ANGELO DI CARLO, contra el INSTITUTO ITALIANO DE CULTURA DE CARACAS Dependencia Diplomática de la Embajada de Italia en Venezuela. En consecuencia, se condena a la parte demandada INSTITUTO ITALIANO DE CULTURA DE CARACAS a pagar a la parte actora los siguientes conceptos: Prestación de Antigüedad de acuerdo a un tiempo de servicios de 5 años y 7 meses de conformidad con lo previsto en el Articulo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo conforme al trabajo a tiempo parcial prestado desde el 15 de septiembre de 1993 hasta el 25 de agosto de 2006, debiendo cancelar como integrante de ese periodo las Indemnizaciones de acuerdo al Articulo 666 de la Ley Orgánica del Trabajo para un tiempo de servicio de establecido de 1 año y 6 meses, equivalente a la antigüedad acumulada desde el 15 de septiembre de 1993 al 19 de junio de 1997 por el trabajo a tiempo parcial prestado, debiéndose deducir el experto la cantidad de Bs. 500.000.....