CAPITULO III
DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: Improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo contenido en la Certificación N° 0267-2012, dictada en fecha 15 de agosto de 2012, por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Distrito Capital y Estado Vargas (DIRESAT-Capital- Vargas), adscrito al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), a favor del ciudadano Jose Hilario Araque, titular de la cédula de identidad N° V-10.149.188, en la historia clínica N° A-000245. Por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.