REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, Caracas, once (11) de Abril de dos mil doce (2012)
201° y 153°
Vista la diligencia suscrita y presentada en fecha 10 de Abril de 2012, por el abogado JÉSUS CANELÓN GARCÍA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 129.947, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana SANDRA CANELÓN GARCÍA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-6.304.166, respectivamente, mediante la cual expone: "...en nombre de mi representada se desiste de la presente causa, en virtud del cumplimiento por parte de la demanda de cancelarle la cantidad reclamada por indemnización de enfermedad profesional, reservándose cualquier otra acción que considere legitima producto de la mencionada enfermedad profesional..." Ahora bien visto el desistimiento planteado por la parte actora este órgano jurisdiccional de conformidad con el artícu.....