En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por GTME DE VENEZUELA S.A., contra el acto administrativo contenido en la Resolución número 000127 de fecha 01 de abril de 2008, dictada por la Gerencia de Fiscalización del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y el Hábitat, así como contra el Acta de Fiscalización número 001 de fecha 07 de noviembre de 2007, mediante el cual se determina el pago de diferencias en los aportes establecidos en el numeral 2 del Artículo 172 de la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, no depositadas en el Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda por la cantidad de Bs. 515.123,58 y por concepto de rendimientos por no haber sido depositados en la oportunidad correspondiente por la ca.....