DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en ejecución de sentencia, ordena a los adolescentes DATOS OMITIDOS y DATOS OMITIDOS, plenamente identificados a cumplir la medida de Privación de Libertad al adolescente DATOS OMITIDOS por el término de un (01) año, tres (03) meses y cuatro (04) días hasta el día de hoy, y que vencen el 15 de agosto del 2010, y en relación al adolescente DATOS OMITIDOS, por el término de un (01) año, nueve (09) meses y diez (10) días hasta el día (08-05-2009) fecha en la cual se fugo del Centro Socio Educativo Dr. Pablo Herrera Campins, y que vencen el 18 de febrero del 2011, la cual será cumplida en el Centro Socioeducativo Dr. Pablo Herrera Campins. Se ordena al Equipo Técnico que asiste a esta Sección, la elaboración al sancionado del Plan Individual de conformidad con lo establecido en el artículo 633 de la Ley Orgánica para la protección de Niñ.....