PRIMERO: Se acuerda a favor del acusado ACACIO ADRIAN COLOMBO DORANTES, cédula de identidad nº 2.379.877, la comisión del delito de AMENAZAS previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la medida de Suspensión Condicional del Proceso, por el lapso de prueba de un (1) año, conforme a los artículos 42, 43 del Código Orgánico Procesal Penal y se le imponen las condiciones previstas en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales son: 1º prohibición que por sí mismo o por terceras personas realice el agresor actos de persecución, intimidación, violencia o acoso en contra de la ciudadana Rita del Carmen Crespo o a algún miembro de su familia, ello conforme al único aparte del artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, 2º "residir en un lugar determinado" y 3º Mantenerse en un trabajo estable.
SEGUNDO: se ordena oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a los fines que le s.....