DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados DOMINGO LORENZO BUSTILLOS y SAID RODRIGUEZ; debidamente inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajos los Nros. 98.490 y 54.296, respectivamente, actuando en su carácter de Defensores Privados de la ciudadana SOLANGE ELENA VAAMONDE BELLO, en contra de la Decisión dictada por el Juzgado Undécimo (11°) de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo de la Jueza SHELLYS YADIRA BRAVO, en fecha 05/03/2010, mediante la cual decretó Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo previsto en el articulo 250, numerales 1°, 2° y 3°, en relación con el artículo 25.....