Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por la ciudadana BERTA L. LOPEZ PEREZ ya identificada, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIA DE LOURDES PEREZ CARVALLO, también identificada, en consecuencia: Primero: Se declara NULO el acto administrativo de remoción y retiro contenido en la Resolución N°.106-13 de fecha 16 de junio de 2005, dictada por el Gobernador del Estado Miranda y SE ORDENA al Gobernador del Estado Miranda reincorporar a la actora al cargo que desempeñaba de Prefecto o a otro de igual jerarquía y remuneración, con el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la remoción hasta su efectiva reincorporación, los cuales deberán ser cancelados con las variaciones que en el tiempo haya experimentado el sueldo asignado al cargo corr.....