Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, una vez verificado que no existe violación de norma de orden público, declara PERIMIDA la instancia en el presente recurso de nulidad interpuesto por el abogado Rubén Darío Sánchez, actuando como apoderado judicial de la ciudadana HILDA DEL ROSARIO GONZÁLEZ REYES, contra la providencia administrativa Nº 59-02 dictada el 21 de marzo de 2002 por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador.