/ Se publicó y consignó resolución (reproducción escrita) declarándose: 1.- CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano Richard A. Henríquez S. contra el "Instituto Venezolano de los Seguros Sociales", ambas partes identificadas en los autos y se condena a ésta a pagar a aquélla los conceptos a especificar en el fallo escrito con intereses moratorios e indexación. 2.- No se condena en costas a la demandada por cuanto goza de los privilegios de la República. 3.- Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día -exclusive- en que conste en autos la certificación por Secretaría de haberse notificado al Procurador General de la República y se encuentre vencido el lapso a que se refiere el art. 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.