Por lo que se refiere a la documental promovida en el punto "3" del mismo Capitulo I, marcada "C", observa el Tribunal que la parte querellante señaló haber promovido "contrato de trabajo..." cuando el mismo no fue consignado conjuntamente con los recibos de pago del año 2001, en consecuencia este Órgano Jurisdiccional niega su admisión, y así se decide.