Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los abogados Alfredo Rojas Moreno, Alejandro Arocha Brito y Luis Ramón Golindano, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 10.231, 30.176 y 10.255, respectivamente, actuando en su condición de apoderados judiciales del ciudadano JOSE GREGORIO LADAEZ UTRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.942.777, contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en el Oficio Nº DGIAPEM/316/2006, de fecha 6 de octubre de 2006, suscrito por el Director Presidente del INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO MIRANDA, en consecuencia, se declara la nulidad del acto administrativo recurrid.....