PRIMERO: PROCEDENTE el amparo cautelar solicitado por el ciudadano VILLALBA SALAZAR DAINNY JOSÉ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 23.946.534., debidamente asistido por el abogado EDGAR BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 150.385, contra el Consejo Disciplinario del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC).
SEGUNDO: se SUSPENDEN los efectos del acto administrativo de destitución fecha 14 de febrero de 2017, contenido en el Memorándum Nº 9700-006-CDRC-0151.
TERCERO: se ORDENA su reincorporación al cargo de Detective del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, así como la restitución del sueldo y todos los beneficios socioeconómicos que le correspondan.