Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano RAFAEL JOSÉ LANDAETA GARCÍA, Defensor Público Décimo (10º) Penal con Competencia en Materia de Ejecución del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensor del penado HENRY ARGENIS RODRÍGUEZ MÁRQUEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 15.833.779, quien recurre contra la decisión dictada el 28 de mayo 2015 por el Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia en Función de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual NEGÓ la formula alternativa de cumplimiento de pena en la modalidad de REGIMEN ABIERTO, al referido ciudadano, por no reunir los requisitos exigidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.
2. ANULA el fallo impug.....