DECISION
En mérito de lo anterior este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la querella interpuesta por el abogado BRIGIDO BARRIOS APONTE, apoderado judicial de la ciudadana ZULEIKA YOLANDA ANDRADE PEREZ, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N°.6.251.431, ya identificados en el encabezamiento del presente fallo, contra de los actos administrativos contenidos en las Resoluciones RCEM-Nº 0034-2006 de fecha 03 de mayo de 2006 y RCEM-Nº 0045-2006 de fecha 06 de junio de 2006, dictadas por el Contralor Interventor del Estado Miranda. En consecuencia:
PRIMERO: Se anula los actos administrativos contenidos en las Resoluciones RCEM-Nº 0034-2006 de fecha 03 de mayo de 2006 y RCEM-Nº 0045-2006 de fecha 06 de junio de 2006, dictadas por el Contralor Interventor del Estado Miranda.
SEGUNDO: Se ordena al Contralor Interventor del Estado Mirand.....