El Recurso fue declarado EXTINGUIDO POR DECAIMIENTO DEL INTERÉS PROCESAL, mediante Sentencia Interlocutoria Nº 137/2011 dictada y publicada por este Tribunal en fecha quince (15) de Julio de 2011, y declarada definitivamente firme mediante auto de fecha diecinueve (19) de Mayo de 2015. Ahora bien, visto lo solicitado por la ciudadana Nubia del C. Moreno Pérez, ya identificada, este Órgano Jurisdiccional ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 287 del Código Orgánico Tributario vigente, la ejecución voluntaria de la Sentencia Interlocutoria Nº 137/2011 dictada y publicada por este Tribunal en fecha quince (15) de Julio de 2011, para lo cual se le concede un plazo de cinco (05) días continuos, a la contribuyente "SUMINISTROS DE MATERIALES ELÉCTRICOS, C.A.", siguientes a su notificación, a fin que cumpla o demuestre haber cumplido con lo dispuesto en la señalada decisión.-