Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción autónoma de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano KRISTIAN JOSÉ VELASQUEZ RIOS, titular de la cédula de identidad Nro. 17.958.439, asistido por el abogado Raúl Díaz Valencia inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 201.163, en su carácter de Defensor Público designado en materia Contencioso Administrativa y Penal en el Estado Vargas para los Funcionarios y Funcionarias Policiales, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA Y CIRCULACIÓN DEL ESTADO VARGAS, siendo su representante el Ciudadano Director Comisionado LENNY LEONARDY FLORES.
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con sede en Ca.....