DISPOSITIVO
En virtud de las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 8 de marzo de 2016, por el abogado en ejercicio de su profesión José Padilla Mantellini, inscrito en el Inpreabogado con la matricula Nº 79.661, en su carácter de mandatario judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 24 de septiembre de 2015, la cual queda modificada.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 29 de junio de 2016, por el abogado en ejercicio de su profesión Juan Hernández González, inscrito en el Inpreabogado con la matricula N° 12.....