DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Sin lugar la solicitud de Calificación de Despido incoada por la ciudadana REBECA NARVAEZ contra LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano de LA ASAMBLEA NACIONAL.
SEGUNDO: No hay especial condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.