En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos IVONNE NATHALIE RIVAS MANCILLA y NELSON EDUARDO HERNÁNDEZ BELANDRIA, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 23 de diciembre de 1985, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Teresa, Departamento Libertador del Distrito Federal, bajo acta Nº 239 de los Libros de Registro Civil llevados al efecto por ese Despacho durante el año 1985.