VI
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia y actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la pretensión de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano CARLOS BRENDER en su condición de Administrador de la accionante sociedad mercantil ADMINISTRADORA C.B.A., C.A., contra la sentencia proferida por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 28 de enero de 2010.
SEGUNDO: No hay especial condenatoria en costas, por no considerarse temeraria la acción ejercida, a tenor de lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Expídase por Secretaría .....