De los razonamientos anteriormente expuestos, así como a las consideraciones de Hecho y de Derecho que han quedado plasmados, este JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, emite los siguiente pronunciamientos:
PRIMERO: ABSUELVE, a los ciudadanos MIGUEL ANTONIO VALLEJO quien es de nacionalidad venezolana, natural de Cumana. Estado Sucre, donde nació el día 04 de noviembre de 1964, de 40 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio electricista, hijo de Miguel Antonio vallejo Rodríguez (F) y de Ligia del Carmen Vallejo Ferrera (F). Residenciado en Bloque 20, piso 10, Apto 1004, La Hacienda Caricuao y titular de la cédula de identidad N° 6.368.306 y OCHOA PADRÓN RICHARD, titular de la cédula de identidad Nº 10.530.793, natural de Caracas.....