Seguidamente el Tribunal deja constancia de la incomparecencia a la presente audiencia de la parte actora ciudadana, ISABEL TERESA REYES MARQUEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-12.686.684, ni por sí ni por medio de apoderado judicial; en virtud de lo cual de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 150°.
LA JUEZA,
ABOG. JHACNINI TORRES
LA REPRESENTANTE LEGAL DE LA DEMANDADA, Y SU APODERADO JUDICIAL.
LA SECRETARIA,
ABOG. MIGDALIA MONTILLA