Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Alfredo Ascanio Pereira actuando como apoderado judicial de la ciudadana YADIRA JULITSSA SUAREZ BELLO, contra la Providencia Administrativa Nº 532-07 dictada en fecha 30 de mayo de 2007 por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador, Sede Norte, mediante la cual declaró SIN LUGAR la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos solicitada por la querellante contra la Empresa "Artisol, C.A.".
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD, de la Providencia Administrativa recurrida.
TERCERO: Se ORDENA a la Empresa ARTISOL C.A., reincorporar a la ciudadana Yadira Julitssa Suárez Bello, al cargo que venía ejerciendo en dicha Empresa o .....