Se admiten las pruebas documentales promovidas en los puntos 1, 2, 4, 5, 6, 7 y 8 del escrito de promoción de pruebas, en cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva.
Se niega la admisión de las pruebas documentales promovidas en el punto 3 de su escrito de pruebas, relativas a la "Gaceta Municipal N° 02/2006 Ordinario de fecha 10 de enero de 2006 en la cual aparece publicada la Resolución N° 004/2006 del 09 de enero de 2006...", toda vez que las Gacetas Municipales son leyes locales y no medios probatorios, por tanto no requieren promoción, pues sólo bastaría con invocar su contenido, y así se decide.
De las pruebas de la parte querellante:
La parte querellante promueve en el Capítulo I de su escrito de pruebas, el mérito favorable de los autos, en tal sentido, estima el Tribunal que no hay medio de prueba alguno promovido, pues el mérito debe ser siempre apreciado por el Juez sin necesidad de promoción.....