DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la acción intentada por la ciudadana LISBETH LOPEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de las Cédula de Identidad No. V- 6.501.883., contra la empresa TURISMO CONSOLIDADO TURISOL, CASA DE CAMBIO, C.A., Sociedad Mercantil de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 15 de abril de 1974, bajo el No. 23, Tomo 55--A, SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada TURISMO CONSOLIDADO TURISOL, CASA DE CAMBIO, C.A. a cancelar los conceptos y cantidades que arroje la experticia complementaria del fallo ordenada a realizar a cargo de un único experto cuyos gastos será sufragados por la empresa demandada por haber resultado totalmente vencida en el presente procedimiento, en los términos expuestos en la parte motiva del presente fallo; TERCERO: Se condena en costas a la empresa demanda por haber resultado totalmente vencida en el presente procedimiento