Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 14 de octubre de 2011, dictada por el Juzgado Décimo Segundo (12°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda que por diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales siguen los ciudadanos Dergui Dahian Jauregui Arangueren, Roberto Alcides Espinoza y Víctor Alberto Melo Montero contra el Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES). TERCERO: SE REVOCA la decisión recurrida. CUARTO: INOFICIOSO entrar a conocer la apelación de la parte actora, en virtud de lo resuelto supra.
No hay condenatoria en costas, en virtu.....