En merito de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio Nº 5, de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: Niega por IMPROCEDENTE el otorgamiento de la libertad Plena al acusado José Gregorio Carreño Marín, titular de la cedula de identidad Nº 10.034.167, plenamente identificado en autos, por la razones de derecho señaladas ut supra. Todo de conformidad con los artículos 26, 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Notifíquese a la Defensa Pública con copia de la decisión, al Ministerio Público, al acusado y a las víctimas.- Regístrese, publíquese, cúmplase.-