Como corolario de todos los razonamientos que han quedado expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE el RECURSO DE INVALIDACIÓN presentado por la ciudadana ELBIA MARILYS MUÑOZ, en contra del ciudadano JESÚS RAMÓN GIL MONSALVE, de la sentencia dictada en fecha 31 de enero de 2014, en el ASUNTO Nº AP11-V-2013-001012.
Se declara que no hay especial condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, a los doce (12) días del mes de mayo del año dos mil quince (2014). Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
LA JUEZ,
EL SECRETARIO,
CAROLINA M. GARCÍA CEDEÑ.....