Este Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja constancia que se le hace entrega a la parte demandada de las pruebas promovidas consignadas en la Audiencia preliminar. Y de igual forma se acuerda la expedición de copias certificadas, de conformidad con lo establecido en el numeral 3° del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Igualmente se insta a las partes solicitantes a que consigne los fotostátos correspondientes, a los fines de su certificación por la secretaría del Tribunal. Así se establece.-
Dando cumplimiento a lo establecido en las disp.....