En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación efectuada por la representación judicial de la parte querellante, el abogado Marcos Rodríguez Briceño, en fecha 16 de mayo de 2007, contra la sentencia de fecha 11 de mayo del 2007, proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial.SEGUNDO: INADMISIBLE, la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano ROBERTO FELIPE ROJAS GUILLEN contra la conducta presuntamente lesiva del ciudadano FREDDY JOSÉ DELGADO PÉREZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 6, numeral 5º, de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. TE.....