DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha veinte (20) de octubre del dos mil dieciséis (2016), por la abogada STEFANI CAMARGO MENDOZA, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil BANCO BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL C.A., contra el decreto intimatorio dictado en fecha trece (13) de octubre de dos mil dieciséis (2016), dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el decreto intimatorio de fecha trece (13) de octubre de dos mil dieciséis (2016).
TERCERO: Notifíquese a las partes de la presente decisión, de conformidad con l.....