Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por DESALOJO incoara la sociedad mercantil INVERSIONES BAYTOR 2000, C.A. contra la sociedad mercantil M.P. LA CASCADA, C.A., identificadas al inicio, DECLARA: PERIMIDA LA INSTANCIA y extinguido el proceso.-