IV
DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide y declara:
Parcialmente Con Lugar la querella funcionarial interpuesta por los abogados Alexis Pinto D¿ Ascoli y Gustavo Urdaneta Troconis, inscrito en el Inpreaboagado bajo los Nros. 12.322 y 19.591, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana ALESIA GARCÍA DE ROTUNDO, titular de la cédula de identidad Nº 626.811, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA VIVIENDA Y HABITAT (hoy) MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Improcedente el reconocimiento de todos los beneficios socioeconómicos otorgados a los funcionarios jubilados de FONDUR antes de su liquidación;
Procedente el mantenimiento del beneficio de Ticket de Alimentación, de acuerdo a los parámetros establecidos en.....